Suficiente número de empresas y alta competencia en el sector de representación de terceros.
Gran especialización y profesionalización en la prestación del servicio. Alto valor trasladado a los productores en la prestación del servicio.
Grandes costes ahorrados al sistema.
- Si el coste regulado de la representación es de 10 €/MWh y el coste medio del servicio de un representante es de 0,75 €/MWh: 9,25 €/MWh x 102,5 TWh/año 2012 x 65% = 616,3 mill. €/año de ahorro
- Costes de interlocución y atención a OMEL, REE, CNMC y Ministerio de Industria.
Servicios adicionales a los clientes (centros de control, asistencia técnica, acceso a mercados de venta a plazo, seguimiento e información sobre cambios regulatorios).
Imposible prescindir de los representantes.
Riesgo regulatorio de la actividad de representación.
¿Hay que sacar a la renovable del mercado?
La mejor opción para la integración del RE es el mercado.
- Las necesidades de cobertura de la generación de régimen especial permiten que se elimine la prima de riesgo que sistemáticamente pagan los consumidores (1.000 mill. €/año). La participación en mercados a plazo aumentaría la competencia y la formación del precio de adquisición de la comercialización.
- Los productores tienen posibilidad de gestionar su riesgo con mercados a plazo (CESUR, OMIP, OTC).
- La participación del régimen especial en los servicios de ajuste del sistema (servicios complementarios y restricciones técnicas) aumentará la competencia y disminuirá el coste para el consumidor (actualmente entre un 10 y 15% del coste de la energía). En la opción de Tarifa esto no es posible.
- La opción de venta tarifa impide que el régimen especial realice una gestión eficiente del coste del desvío por lo que disminuirá su ingreso en el intradiario a costa de aumentar el coste de la prima equivalente para el sistema.
Participación de ARMIE en el Consejo Consultivo de Energía.
- Cualquier modificación que se produzca en los procedimientos del Operador del Mercado o del Sistema puede potencialmente afectar a la actividad de los representantes.
- Cualquier modificación de la normativa que regula la actividad de producción de régimen especial puede incidir en su situación en el mercado, en el alcance de sus funciones y responsabilidades, en las relaciones con sus clientes, etc.
- Los intereses de los representantes en el mercado no coinciden con los de ninguno de los sectores de actividad representados en el Consejo Consultivo.
- Se evitarían problemas en las altas en la CNMC que muchas veces quedan sin terminar al cambiar a un representante libre.